Nuevo formulario de IVA y cómo puede afectarte
Recientemente cambió la declaración de IVA, pero esta vez no solo hicieron actualizaciones superficiales, sino que aplicaron cambios que realmente podrían poner a una empresa en aprietos con riesgo de llevarle a la bancarrota. Conoce a continuación cuáles son los cambios y cómo podrían afectarte.
10 de septiembre 2019.
Prohibición de aprovechar créditos fiscales no registrados anteriormente
A partir de ahora, por una interpretación arbitraria por parte de SAT del artículo 20 de la Ley del IVA, ya no podrás aumentar por ningún motivo créditos fiscales en declaraciones con más de dos meses calendario de antigüedad. Fuera el caso de una rectificación por olvido o error, o una presentación extemporánea, el sistema Declaraguate simplemente no te dejará continuar con la presentación del impuesto, atropellando así, una variedad de conceptos y términos que otras leyes de mayor jerarquía definen.
¿Qué significa eso? Imagina que por cualquier circunstancia olvidaste registrar en tus libros de hace cinco meses una factura de gastos por Q25,000, equivalente a más de Q2,500 en crédito fiscal y deseas rectificar para actualizar tu remanente de crédito fiscal que traes. Eso ahora es improcedente.
Vamos a ser más extremistas, imagina que por cualquier circunstancia no presentante la declaración de IVA de un mes del 2018, te diste cuenta en estos días, y con toda la buena voluntad deseas corregir el error, para eso actualizarás tus libros y presentarás tus impuestos pagando las multas que las leyes establecen. El conflicto es que ahora, según este nuevo formulario, solo podrás ingresar el dato de ventas y jamás los datos de compras, pagando el 100% de tu IVA débito, más 50% de multa. Ejemplifiquemos:
En un mes del 2018 vendiste Q233,426.70, equivalente en IVA Débito Q25,010. Pero en ese mismo mes, realizaste una importación formal y otras compras equivalente en IVA Crédito por Q20,000. El impuesto real a pagar debió ser Q5,010, como la presentación fue fuera de tiempo, le deberíamos agregar una multa de Q2,505 más otros recargos menores, dando un total aproximado de Q7,515. Con este nuevo formulario, el IVA más multas a pagar deberá ser de Q37,515 aproximadamente. Aterrador, si, e ilegal también.
Con este cambio institucional se viola el derecho de presentación fuera de tiempo o rectificación voluntaria normado en el artículo 106 del Código Tributario Decreto 6-91, así como el Principio de Legalidad determinado en la Constitución Política de la República de Guatemala al modificar las sanciones tributarias del contribuyente y el Principio de capacidad de pago según los artículos 239 y 243 de la referida.
Justificar por qué el negocio compra mas de lo que vende
Otro cambio importante del formulario es que ahora básicamente se debe explicar el por qué el negocio ha estado comportándose de forma “anormal” comprando más de lo que vende durante tres meses consecutivos. Nada de otro mundo si las transacciones son reales, están debidamente documentadas, y tienen una lógica comercial.
¿Y cómo me afecta como contribuyente?
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